Una nueva normativa
que regula las vacaciones impulsará a las empresas a establecer lineamientos
para un mayor control de las licencias de sus trabajadores
Se
publicó el reglamento del Decreto Legislativo (DL) 1405 que precisa las reglas
para el descanso vacacional de los trabajadores de las empresas. Entre las
principales figuran el tiempo de goce vacacional, procedimientos para adelanto
y compra de vacaciones y los regímenes a los que el reglamento será aplicado.
La flexibilización de las vacaciones que permite el DL empujará a las empresas
a establecer lineamientos para un mayor control en las licencias de sus
empleados. La norma estará vigente desde el 6 de febrero y se aplicaría
principalmente a las grandes y medianas empresas.
Con
el nuevo reglamento las empresas se autorregularán en cuanto sus procesos de
otorgamiento de vacaciones. “La norma fuerza a las empresas a manejarse
internamente de manera más proactiva, pues muchas veces se aprueban vacaciones
sin evaluar un planeamiento de descanso vacacional [general]”, dice Carina
Dávila, gerente legal de la consultora BDO en el Perú.
FRACCIONAMIENTO
DE HASTA 1 DÍA
La
figura principal que establece el reglamento es el fraccionamiento de las
vacaciones. Ahora todo el sector privado tendrá 30 días calendario. Éstos
incluyen días laborales, fines de semana, feriados y días de enfermedades. El
fraccionamiento puede ser en dos bloques: el primero de 15 días ininterrumpidos
o distribuidos en dos periodos de 7 y 8 días calendario ininterrumpidos; y el
segundo, más flexible, de 15 días que pueden ser tomados por día calendario.
La
fecha del fraccionamiento se da por acuerdo entre el trabajador y el empleador.
El acuerdo de fraccionamiento debe ser por escrito entre empleador y trabajador
y debe ser previo al goce vacacional. En este debe figurar específicamente los
días de inicio y finalización. Si no hay acuerdo, el empleador podrá decidir
sobre cuándo se tomarían las vacaciones pero no sobre su fraccionamiento.
Las
partes también pueden acordar adelantos de vacaciones, pero si la relación
laboral culmina los días que se adelantaron los asume el empleador. La
liquidación de beneficios del trabajador no puede ahora compensar esos días,
según Jorge Toyama, socio del estudio Miranda & Amado. Por ejemplo: si un
trabajador necesita 20 días de vacaciones y tiene 15, puede tomar 5
adicionales. Si el contrato laboral termina antes, la empresa no puede ‘cobrar’
los 5 días adicionales.
LINEAMIENTOS
INTERNOS
Ante
la mayor flexibilidad en el goce de vacaciones las empresas ahora pueden
implementar controles. En los sectores de ventas, servicios y retail, y en los
que la demanda sea frecuente, es conveniente que las empresas establezcan roles
de vacaciones previos, coordinados con los líderes de negocios, para que no se
impacten las actividades, según Percy Alache, director del área laboral de PwC.
Los
roles de vacaciones también pueden incluirse en los lineamientos. De esta
manera, se puede prever una falta de personas para cubrir determinadas
posiciones y la afectación del negocio. “Lo mejor es tener un cronograma de
vacaciones y que los líderes puedan distribuir el tiempo de trabajo para que
todos los servicios estén cubiertos”, indicó Alache.
REGÍMENES
ESPECIALES
El
reglamento no aplica para regímenes especiales, como el de las microempresas,
el régimen agrario y el de construcción civil (incluyendo contratistas). En
estos se continúa operando normalmente. Si la nueva normativa de vacaciones
funciona con éxito, podría replicarse a otros regímenes, según Alache.
En
estos regímenes no hay vacaciones físicas remuneradas sino un pago por cada día
laborado (construcción civil, estibadores, intermitentes) o hasta 15 días de
vacaciones (agrario, trabajadores del hogar, microempresa). Como regla general,
no hay regulación sobre vacaciones por días, pero en la práctica algunas
empresas suelen pactar vacaciones por días hasta la mitad del periodo
vacacional por año de servicios, comentó Toyama.
La
norma tendrá un aspecto reducido porque en la economía peruana el 70% de la PEA
proviene de microempresas. “Va a tener que existir alguna regulación de
flexibilidad para la microempresa porque lo que se quiere es tener niveles de
formalización en ese sector. Entiendo que ya se está preparando uno”, añade
Alache.
Fuente: Semana Económica.












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