jueves, 21 de febrero de 2019

EMPRESAS NO PODRÍAN FISCALIZAR EL HORARIO DE SUS AUDITORES PRIVADOS



Las empresas usan la descentralización en la contratación de servicios como una forma de organización empresarial.

Sin embargo, diversos fallos desalientan este tipo de contratación. Un fallo de la Corte Suprema, que puede ser usado en casos similares, indicó que los contratos de tercerización laboral se desnaturalizan cuando la empresa usuaria fiscaliza el horario y jornada de trabajo del personal de la empresa contratista o de tercerización laboral (Cas. Lab. N°1439-2016-Lima). Es decir, las empresas que contraten servicios especializados (auditorías privadas y similares) no podrían controlar el horario del personal que hará este servicio.

Los magistrados Arévalo Vela, De la Rosa Bedriñana, Rodríguez Chávez y Malca Guaylupo indicaron que existe una relación laboral directa entre la empresa usuaria y los trabajadores si esta fiscaliza el cumplimiento del horario de sus trabajadores, aunque el fallo no desarrolló la aplicación de ese criterio al caso concreto.

Este es un nuevo elemento que se debe tener en cuenta y que ha sido creado a través de la interpretación judicial, que se suma a una rigidez laboral de fallos anteriores que limitan este tipo de contratación descentralizada en las empresas.
Cabe indicar que en la sentencia existe voto en discordia que opinó por declarar infundada la demanda.
Ello porque la empresa contratada por tercerización  laboral contaba con sus propios recursos financieros, técnicos (camionetas, financiamiento y otros), era responsable de sus actividades (el contrato señalaba que ejecutaba bajo su propia cuenta y riesgo) y sus trabajadores solo dependían de ellos, eran subordinados (la denuncia presentada en el Ministerio de Trabajo se dejó sin efecto).
El voto en discordia fue suscrito por los vocales Yrivarren Fallaque, Yaya Zumaeta y Torres Gamarra.

DESCENTRALIZACIÓN
De modo general, las empresas se organizan para desarrollar sus actividades productivas ya no como un único empleador dueño del local con trabajadores, sino que buscan formas menos  costosas y eficientes de realizar sus actividades (descentralización).
Así, una forma comprende la contratación de empresas de intermediación laboral o services para servicios temporales (reemplazo), complementarios (vigilancia y limpieza) y especializados.
De otro lado, se contratan compañías para realizar íntegramente una parte del negocio, es decir, una tercerización, como el caso del fallo comentado.

FUENTE: GESTIÓN
MIGUEL ALONSO JUAPE PINTO


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