Para
ser elegidos por usuarios del sistema financiero, notarios deberán tener
servicio de identificación biométrica y ubicarse en la misma provincia en que
se encuentra el inmueble.
Las
personas ya pueden elegir al notario de su preferencia al momento de contratar
un crédito hipotecario o vehicular, entre otros, con entidades financieras.
La
ley que garantiza el derecho de libre elección del servicio notarial para esos
casos fue promulgada ayer.
La
norma, que modifica el vigente Código de Protección y Defensa del Consumidor,
había sido aprobada por el Congreso de la República a mediados de diciembre
último.
Hasta
ahora, los bancos, ofrecían a sus clientes una lista limitada de notarios con
los que operaban para concretar el desembolso de los diferentes tipos de
préstamos, y la contratación de servicios financieros. Incluso algunos de ellos
obligaban a los usuarios a elegir entre ese determinado número de notarios.
Esta
norma será beneficiosa para los usuarios de productos de entidades financieras.
Van a poder elegir al notario de su preferencia por razones, por ejemplo, de
ubicación, confianza u otras.
La
nueva ley, sin embargo, establece ciertas condiciones que deben cumplir los
notarios elegidos por los usuarios del sistema financiero.
Así,
deben contar con herramientas e infraestructura física y tecnológica que les
permita acceder a la información registral sobre los bienes, derechos o
mandatos y poderes.
Entre
esas herramientas indispensables que deben tener los notarios, está un servicio
de verificación biométrica para consultas en línea de Reniec, servicio de
publicidad registral en línea de la Sunarp, un sistema de identificación de
extranjeros, dirección electrónica corporativa y personal de atención al cliente
bajo la conducción de un abogado colegiado.
Además,
deben hacer público (incluyendo en sus páginas web) los requisitos necesarios
para el trámite notarial, el tiempo aproximado de atención y los precios de sus
servicios.
La
relación actualizada delos notarios que cumplan con estos requisitos en cada
jurisdicción será responsabilidad de los diferentes colegios notariales que
existen en el país. Además, esta lista debe incluir los datos de contactos y
los precios de los servicios de cada notaria para así facilitar la elección de
los usuarios de la banca.
Esta
relación de notarios ‘elegibles’ ahora estará a libre disposición de las
instituciones financieras, que tienen la obligación de proporcionarla a sus
clientes de créditos hipotecarios o de otro tipo de financiamiento, según la
ley.
Para
el Colegio de Notarios de Lima, la mayor parte que notarias del país ya cuentan
con servicios de biometría.
Una
restricción adicional en la elección del notario en el caso de la compra de un
inmueble, está referida al ámbito geográfico.
El
cliente hipotecario deberá escoger solo una notaría que se encuentre en la
provincia donde se encuentra el inmueble. Aunque la ley contempla algunas
excepciones a esta limitación. Por ejemplo, cuando en la provincia en que se
ubique la vivienda no existan notarios que cumplan los requisitos exigidos o
cuando los que participan en el trámite no puedan trasladarse por razones de
salud.
FUENTE: DIARIO GESTIÓN
MARIO ROMERO VALDIVIESO












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